DERECHOS Y DEBERES PROFESIONALES

DERECHOS DE LOS TRABAJADORES
  • El derecho al trabajo y a la libre elección de profesión u oficio.
  • El derecho a la libre sindicación. Se refiere a la posibilidad de fundar sindicatos, a la libre afiliación, y al derecho de los propios sindicatos a fundar confederaciones y organizaciones sindicales internacionales y el derecho a afiliarse a las mismas. Se trata de un derecho que puede ser limitado para ciertos colectivos (Cuerpos e Institutos Militares).
  • Derecho a la negociación colectiva, para los representantes de trabajadores y empresarios y cuya principal manifestación es la conclusión de Convenios colectivos, normas de primera magnitud en la relación laboral.
  • A la adopción de medidas de conflicto colectivo en defensa de los intereses (colectivos) de los trabajadores y empresarios.
  • El derecho a la huelga de los trabajadores en defensa de sus intereses.
  • Derecho de reunión.
  • El derecho de información, consulta y participación en la empresa.


DEBERES DE LOS TRABAJADORES
  • Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia.
  • Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten, tema relacionado con la seguridad y salud en el trabajo, y con las medidas de prevención de riesgos laborales por lo que se refiere a las obligaciones de los trabajadores.
  • A cumplir las órdenes e instrucciones del jefe en el ejercicio regular de sus funciones directivas. Es el deber de obediencia del trabajador que queda sometido al poder disciplinario del empresario en el caso de incumplimientos de aquél y siempre que las órdenes o instrucciones no sean abusivas o ilegítimas.
  • Contribuir a la mejora de la productividad. Al igual que el anterior supone, en este caso, una concreción del deber general de realizar la prestación laboral con la diligencia debida. 



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